CONTACTO:

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CITAS

Los niños superdotados son los mejores frutos del árbol de la humanidad pero a la vez son los que corren mayor peligro. Cuelgan de sus ramas más frágiles y pueden romperse fácilmente.

PRÓXIMOS EVENTOS

SI QUIERES CONOCER LAS NORMAS DE ASISTENCIA PARA LAS ACTIVIDADES DE ARETÉ PULSAR AQUI

SI QUIERES ASOCIARTE PULSA AQUÍ



Si estás interesado en que en tu centro se pueda impartir la conferencia "Cómo son, cómo se sienten" sobre los niños y niñas de alta capacidad, puedes solicitarlo a diego@aretehuelva.org

AVISO IMPORTANTE

ANTE LAS PREGUNTAS SOBRE LAS EMPRESAS PRIVADAS "INSTITUTO INTERNACIONAL DE ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES" Y "CONSEJO SUPERIOR DE EXPERTOS" EN TODAS SUS VERTIENTES LOCALES, COMUNICAR QUE NI LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA "CONFINES", NI LA FEDERACIÓN ANDALUZA "FASI", NI ESTA ASOCIACIÓN TENEMOS NADA QUE VER CON LA CITADA ENTIDAD, NI MUCHO MENOS LA APOYAMOS.

MAS INFORMACIÓN AQUI

jueves, 28 de abril de 2011

PRESENTACIÓN DE FUNDACIÓN PROMETE EN HUELVA.

Estimados socios

Este viernes 29 de abril, mientras los chicos y chicas están en las actividades los padres tendremos la charla informativa que nos ofrece el representante de la Fundación Promete en Andalucía. Esta charla es muy interesante ya que en ella se nos va a informar de cómo desarrollan su actividad, cuales son las becas y ayudas que ofrecen, tipo de cursos y campamentos de verano, en definitiva como se van moviendo en el mundo de las altas capacidades intelectuales.

Creo que es una oportunidad conocer todo lo que nos pueden ofrecer  y saber que nos aportan las Fundaciones, ya que éstas están luchando por nuestra realidad desde una perspectiva que a las asociaciones nos cuesta mucho más trabajo llevar a cabo, como son los cursos de verano, on line, para profesores…

Espero veros  allí  a todos los que podáis asistir

Os remito el correo que el propio Paco Rivero nos ha enviado para que lo vayáis conociendo

Pilar Molina. Presidenta de ARETÉ.


Estimados/as amigos/as de Areté Huelva, soy Paco Rivero de Fundación Promete.

Es todo un placer para mí, comentaros que el próximo Viernes 29 de Abril, vamos a estar en vuestras instalaciones para presentaros de forma personal Fundación Promete, nuestros proyectos de atención a la diversidad del Talento en el Aula, nuestra línea de Becas, Ágora Talentia y de forma muy especial nuestro Campus de Verano: Campus Talentia (http://www.fundacionpromete.org/mcp/index.php/campus-talentia).

Espero que sea de vuestro interés nuestra presencia en Areté, para mi es muy importante, ya que es mi intención, de una forma más cercana contaros nuestra misión, nuestro discurso y como ya he comentado antes, todas nuestras actividades.

Me gustaría que en la medida de lo posible nos acompañéis, pues no suelen ser muchas las ocasiones luego durante el año, que tenemos la oportunidad de charlar de una forma más personal y relajada con vosotros.

Esperando poder saludaros el Viernes a eso de las 17,30, quedo a vuestra disposición para las dudas o comentarios que estiméis oportuno.

Un Saludo
__________________________________
Francisco Rivero
Director - Fundación Promete Andalucía
Twiter: //twitter.com/PacoPromete

ACTIVIDADES PARA EL PRÓXIMO VIERNES DÍA 29 DE ABRIL

Estimados socios y socias,
 
Para el próximo viernes tenemos las siguientes actividades:
 
Niños de la asociación:   17.30 a 19.30 Taller de manualidades con Pablo Suanzes. Seguro que será interesantísimo... "TALLER DE GLOBOS AEROSTÁTICOS", apto para todos los públicos, incluidos padres y madres.
 
Padres: Charla de D. Francisco Rivero, director para Andalucía de la Fundación Promete. 17.30 a 19.00
 
Programa en Uniradio 16.30 a 17.30. Todo el que quiera participar puede hacerlo, solo tenéis que avisarnos de vuestra participación antes del jueves en este correo para organizalo. ¡No lo olvidéis antes del jueves!

Probablemente se realizarán algunas grabaciones para el documental X Aniversario.

Os iremos detallando mas información, ya que entre otras cosas tenemos programada una salida para el sábado 30 de Abril con el objeto de ir preparando el reportaje para el X aniversario de la asociación, pero el tiempo en principio parece que no va acompañar. ¡Ya veremos!
 
Un cordial saludo,
 
Encarna

lunes, 25 de abril de 2011

II CONGRESO DE MENTES BRILLANTES

Del blog de nuestros amigos malagueños de la Asociación ASA.



El Ser Creativo. II Congreso de Mentes Brillantes. 

Palacio de los Deportes de la Comunidad de Madrid.



Hora
miércoles, 19 de octubre a las 15:00 - 21 

de octubre a las 13:30

Lugar
Palacio De Los Deportes de la Comunidad 

de Madrid


Jorge Juan 99

Madrid, Spain

Creado por

Más información
2ª edición del Congreso de Mentes 

Brillantes El Ser Creativo.

21 minutos para cambiar el mundo.
2 premios Nobel. 21 mentes brillantes. 

3 días inolvidables.
19-21 de octubre de 2011, Palacio de los 

Deportes de la Comunidad de Madrid.

Eduard Punset, Shirin Ebadi, Jeremy Rifkin, Dambisa Moyo, Dean Hamer, J.M. García Verdugo, Randi Zuckerberg, Piers Corbyn, Wang Xiaoping, Bernard-Henri Levy, Juan Pérez Mercader.... presentado por Manuel Campo Vidal, 21 ponencias de 21 minutos y 5 debates apasionantes.

El Ser Creativo, Congreso de Mentes 

Brillantes, una experiencia única.
+info y entradas: www.elsercreativo.com 

EL TRATAMIENTO LEGAL DEL NIÑO SUPERDOTADO EN ESPAÑA. BELÉN ROS. (2)

Segunda parte de este clarificador artículo escrito por Dª Belén Ros, abogada con experiencia de más de 20 años y muy conocedora de temas referidos a educación. En breve la tercera y última parte.



Dª Belén Ros (Abogada Colegiada nº 3394 del ICAGr), con más de 20 años de ejercicio profesional


EL TRATAMIENTO LEGAL DEL NIÑO SUPERDOTADO EN ESPAÑA: 
1. EL TRATAMIENTO CONSTITUCIONAL (2): 
Existen amplios sectores del Sistema Educativo quieren ignorar que la Ciencia ha establecido el principio de causalidad (relación causa-efecto) con carácter general, entre el alumno superdotado que no está recibiendo la atención educativa específica que necesita, con la vulneración de su derecho a una educación orientada al libre y pleno desarrollo de su personalidad diferente que la Constitución Española garantiza a todos, en su artículo 27 en relación al art. 14 de la C.E., en relación con elart.10.1y2. yenalart.15delaCE
PRIMERO: El artículo 27 de la C.E. en relación con el art. 14 de la C.E.

Art. 27

1: Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce el derecho a la libertad de enseñanza. 

2.La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. 

Encomendando la CE en su art. 9.2 a los poderes públicos que promuevan las condiciones y remuevan los obstáculos para que este derecho sea disfrutado en condiciones de igualdad por todos los ciudadanos. 

Tal como hemos expresado el Derecho a la Educación es uno de los derechos que constituyen el núcleo de la protección de la Constitución Española y se encuentra especialmente protegido por el Recurso de amparo constitucional. Es un derecho social en sentido estricto. Es un DERECHO DE PRESTACIÓN DE CARÁCTER CONTINUO: Sucede que el destinatario está obligado a actuar para que el derecho sea efectivo, tal como se desprende de la interpretación dada al mismo por la Sentencia del Tribunal Constitucional 86/1985, de 10 de julio, FJ 3. 

Pero es más, para la efectiva aplicación de este Derecho no basta con la mera escolarización obligatoria de los menores en un centro escolar ya sea éste público o privado, para que éstos: “desarrollen plenamente su personalidad”, sino que se basa en la efectiva educación de cada uno de los menores conformes a sus características intrínsecas, o lo que es lo mismo: la atención educativa a la diversidad. 

Para entendernos, al igual que para la efectiva aplicación del derecho a la salud no basta con que a un enfermo se le ingrese en un centro hospitalario, sino que se requiere la efectiva acción del sistema sanitario para que el enfermo se cure; aquí tampoco basta con que se escolarice a un niño si no se le enseña de acuerdo con sus capacidades y necesidades. 

El Estado está obligado a atender a la educación de los menores desde los 6 a los 16 años y los padres están obligados a escolarizar a sus hijos tal como se viene estableciendo legislativamente desde los años 70 y se establece en el art. 4.2 de la Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo de educación, so pena de poder, incluso, perder la tutela y la patria potestad de los mismos de no llevar a cabo esta actuación según el art. 154 del Código Civil. Ello tiene las siguientes consecuencias, recogidas en la Sentencia del Tribunal Constitucional Sala Primera. Sentencia 133/2010, de 2 de diciembre de 2010 (BOE núm. 4, de 5 de enero de 2011): 

1) El art. 27 CE dispone en su apartado 1 que existe un derecho universal a la educación; en su apartado 4 señala que esa educación es obligatoria y gratuita en su nivel básico y en su apartado 5 se atribuye a los poderes públicos la competencia de garantizar ese derecho mediante dos acciones: una, ordenar la programación de la enseñanza básica, que será gratuita y obligatoria, y dos, crear los necesarios centros docentes, tarea en la que podrán concurrir igualmente los particulares si así lo desean. 

2) España es parte de diversos tratados internacionales (Declaración Universal de Derechos Humanos, Convención de los Derechos del Niño y otros) en los que la enseñanza básica se define como obligatoria y el art. 10.2 CE obliga a interpretar nuestra Constitución conforme a tales textos. 

A este respecto la Audiencia Provincial de Málaga, Sala de lo Contencioso Administrativo en Sentencia de 6 de junio del 2005, afirmó que ningún padre puede negar a sus hijos el derecho y el deber de participar en el sistema oficial de educación, que derivan del mandato constitucional de enseñanza obligatoria (art. 27.4 CE). 

El carácter de Derecho fundamental de prestación continua, desde el punto de vista de la Administración del Estado, se traduce en que el Estado está obligado a atender educacionalmente a todos los niños desde los 6 a los 16 años, independientemente de que lo progenitores pidan o no esta educación, que no es un derecho de los padres SINO DE LOS NIÑOS, por lo que los administrados NO TIENEN QUE PEDIR a la Administración que se EDUQUE A SUS HIJOS DE ACUERDO CON SUS CARACTERÍSTICAS INTRÍNSECAS, para que la INACCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN O LA VULNERACIÓN POR OMISION se produzca, en cuanto esta Administración no atienda a la educación del menor conforme a sus específicas características, en este caso concreto asociadas a su condición de Sobredotación Intelectual. 

SEGUNDO: Por otro lado, resulta fundamental en este caso la conexión del art. 27 con el art. 14 de la C.E. que establece el derecho fundamental a la igualdad y la no discriminación, teniendo en cuenta que tal como ha establecido jurisprudencialmente el Tribunal Constitucional, la igualdad es un Derecho de tipo relacional, esto es se vulnera no la igualdad en general sino en relación con el ámbito de otro derecho concreto. 

En este caso la relación del artículo 27 de la CE con el art. 14 de la CE lleva a las siguientes consecuencias: desde la STC 37/1981 el Tribunal Constitucional ha venido repitiendo que la igualdad de derechos y obligaciones de los españoles no puede entenderse de modo uniforme y monolítico; asimismo, ha quedado fijada la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en temas de igualdad por la que se determina que “circunstancias distintas requieren respuestas diferentes.”, por lo que en este caso es de aplicación la Sentencia del Tribunal Constitucional (Sala Segunda 3º), Auto nº 230/1998 de 26 de octubre, sobre el Derecho Fundamental de la Igualdad ante la Ley, que permite un tratamiento desigual cuando circunstancias distintas exigen tratamientos diferenciados. 

Esto es, para que se lleve a cabo el efectivo “desarrollo de la personalidad de cada niño o su Derecho a la educación” resulta fundamental que la educación que reciba el menor sea la adecuada a sus características físicas, psicológicas y emocionales, tal como ya hemos mencionado, o se estaría vulnerando su derecho a la educación, en tanto que la relación del art. 27 de la CE con el art. 14 de la CE establece que no podemos entender que efectivamente se esté educando a fin de conseguir alcanzar el pleno desarrollo de la personalidad si no se ofrece a cada sujeto la educación adecuada a sus necesidades y características intrínsecas.

De ello se infiere que en caso de atender educacionalmente a todos los niños por igual se estaría vulnerando su derecho a la igualdad y a la no discriminación: esto es hay que atender “igual a los iguales y desigual a los desiguales”. Como ha señalado el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, se produce una discriminación tanto cuando se ofrece distinto trato a los iguales como cuando se ofrece el mismo trato a los desiguales

TERCERO: El Derecho a la Educación conforme a las características intrínsecas de la personas o la atención a la diversidad ha de llevarse a cabo según lo establecido por la Declaración de Derechos Humanos y la Convención de Derechos del Niño de 1989, tal como establece el art. 10.1 y 2 de la C.E.

La igualdad de oportunidades y los derechos del niño establecen que la educación del niño deberá estar encaminada a desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades.” 

Es decir, el contenido esencial del Derecho a la Educación es el desarrollo integral de la persona física, psicológica y moralmente. De no atender a las características específicas de cada uno de los niños se estaría conculcando el desarrollo integral del sujeto conectado con los Derechos Humanos y la Declaración Universal de Derechos del Niño que son el canon de interpretación constitucional del art. 27 de la CE y de toda la legislación de desarrollo del mismo. 

Por ello, tanto la Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo como la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación en Andalucía, la Ley 9/1999 de 18 de noviembre de Solidaridad en la Educación en Andalucía, la Orden de Atención a la diversidad de 25 de julio del 2008 de Andalucía y todas las normativas de desarrollo, tanto nacionales como autonómicas, se debe ATENDER A LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECÍFICAS en orden al principio de EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN. 

Dice la Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo de Educación en aplicación del principio de Equidad en la Educación

Artículo 71. Principios. 

1. Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley. 

Asimismo, la Ley de Educación andaluza, en su Capítulo I dedicado al “Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo” establece lo siguiente: 

Artículo 113. Principios de equidad

3. Asimismo, se considera alumnado con necesidad específica de apoyo educativo al que presenta altas capacidades intelectuales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

En la medida en que no se ofrece atención diferenciada al Alumno con necesidades Educativas Específicas por Altas Capacidades Intelectuales, se le está discriminando objetivamente, vulnerando el art. 14 en relación con el art. 27 de la CE, actuando sin una base objetiva y razonable y, en consecuencia, arbitraria. 

CUARTO: La falta de atención educativa ADECUADA puede no contribuir al desarrollo de la personalidad del menor produciendo daños físicos, morales y psicológicos de difícil solución lo que fundamenta la vulneración del art. 15 de la CEEsto es, de la INADECUADA ATENCIÓN EDUCATIVA DEL INDIVIDUO se deriva un perjuicio físico, psicológico y moral del sujeto que afecta a la salud y a su pleno y armónico desarrollo. 

El artículo 10.1 y 2, en cuanto a la aplicación directa de la Declaración de Derechos Humanos y de la Convención de Derechos del Niño, establece que la dignidad de la persona es uno de los derechos inviolables de ésta y su relación con el artículo 27 de la CE, hace que éste Derecho a la educación deba interpretarse de acuerdo a con los mencionados tratados internacionales.

Dª Belen Ros.

domingo, 24 de abril de 2011

MEJORAS EN EL BLOG.

Estimados lectores y lectoras:

Con motivo de la gran cantidad de visitas que estamos recibiendo, hemos decidido mejorar en algunos aspectos:

- Hemos añadido la posibilidad de traducir a más de 20 idiomas el blog.

- Para todos aquellos que deciden contactar con nosotros, hemos tratado de facilitar el contacto introduciendo un formulario de contacto que podréis ver en la parte derecha del blog.

- A fin de que muchos de nuestros lectores puedan seguirnos sin problema, recibiendo los titulares, para que ellos mismas decidan qué ver y qué no, también hay un formulario de acceso a la lista de distribución. También a la derecha.

- A fin de que algunas entidades que están en contacto con nosotros, que tienen que ver con el mundo de las Altas Capacidades, y que deseen ofrecer algún tipo de descuento o de oferta a los socios, o incluso a nuestros lectores, se ha habilitado una página en la que se irán insertando sus propuestas. Como no se pretende que esto sea un supermercado en los que entre cualquiera, para poder publicar deben ponerse en contacto con este blog y hacer la propuesta. Sólo se admiten entidades serias y relacionadas con el mundo de la educación.

Esperamos que estas propuestas os agraden. Si conocéis de alguna otra que creáis de interés, no dudes en ponerte en contacto con nuestro editor, Diego Rodríguez, para indicárselo.

Asimismo os invitamos a que si conocéis páginas de interés, artículos que creáis que pueden ayudar a otros, o cualquier tipo de información referida a la pedagogía que podamos publicar, que nos las hagáis llegar, o bien mediante los nuevos medios de contacto, o bien a través de los correos que aparecen en la parte superior del blog.

Saludos.

viernes, 22 de abril de 2011

HOME, UNA PELÍCULA DE ECOLOGÍA PARA COMPARTIR CON NUESTROS HIJOS E HIJAS

Muchas veces estamos deseando poder sentarnos con nuestros hijos a ver alguna película o documental que merezca la pena y no lo encontramos. Hace poco he visto esta película que me recomendaron a través de Facebook, y os aseguro que me dejó impactado. Espectacular para verlo tranquilamente con nuestros hijos e hijas y disfrutar de las impactantes imágenes que nos hablan de ecología. Como muestra un botón.




PELÍCULA EN CASTELLANO AL COMPLETO Y EN HD PULSA AQUÍ:

CAMPUS CIENTÍFICOS DE VERANO 2011

Nuestra amiga Ana de la Asociación ASACAL nos remite esta interesante información. Tras leerla hay que decir que en muchas ocasiones, desde las distintas Administraciones cometen el gran error de realizar estas actividades teniendo en cuenta las calificaciones tan sólo, dejando de lado muchas veces al alumnado de Altas Capacidades Intelectuales, que lamentablemente en muchas ocasiones, al llegar a bachillerato o a los cursos más altos de secundaria, ya no tiene ni tan siquiera interés por el estudio. Pienso que si desde la más tierna infancia, en los colegios se tomaran en serio propiciar este espíritu científico, cultural, filosófico, etc; muchos de los niños y niñas de Altas Capacidades Intelectuales tendrían acceso a este tipo de convocatorias. Tal vez habría que desarrollar Centros de Referencia para comenzar a cambiar todo esto... Es una idea.

Y muchas gracias Ana.

CAMPUS CIENTÍFICOS DE VERANO 2011


Abierto el plazo para solicitar "los Campus Científicos de Verano". Dirigidos al alumnado que en el curso 2010/11 esté cursando 4º de ESO o primer curso de Bachillerato del área científica
- nacidos con posterioridad al 31 de diciembre de 1.993, 
- que tengan una nota media en el curso escolar 2009-2010 igual o superior a 7,5 puntos y
- que superen una prueba de conocimientos de respuesta alternativa que se realizará a través de Internet.

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta las 13:00 horas del día 13 de mayo de 2011.

Toda la información en nuestro servidor de documentos:


BIBLIOGRAFÍA DE LA EDITORIAL NARCEA SOBRE PEDAGOGÍA.

Desde la Editorial Narcea nos remiten su catálogo para este mes de Abril. Creemos que algunos títulos son muy interesantes. Para los socios de ARETÉ existen unas condiciones especiales. Hay que recordar que una de las principales recomendaciones que les hacemos a todos los padres y madres que nos preguntan qué hacer, es formarse lo máximo posible y entre los títulos que salen en el catálogo hay alguno muy recomendable.






NUEVA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA ESTALMAT DE MATEMÁTICAS


Ya ha dado comienzo las inscripciones para la convocatoria del ESTALMAT de este año. 

Para aquellos que no lo conozcan decir que ESTALMAT es un programa que trabaja con los niños y niñas que accedan a él en el entorno de las matemáticas. Realmente por las noticias que nos llegan de algunos de los participantes y de sus familias, es una increíble oportunidad para los participantes. Más información en su página web.

jueves, 21 de abril de 2011

AJEDREZ DE COLORES, EL PROGRAMA YA DISPONIBLE.

A través de este blog, hemos conseguido tener la posibilidad de que todas aquellas personas de Huelva y los alrededores que lo deseen puedan tener acceso al juego "AJEDREZ DE COLORES". 

El PVP del mismo es de 12´99€ y los que estéis interesados podéis poneros en contacto a través del correo del blog (blogasociacionarete@gmail.com) para poder hacéroslo llegar. Creo que es un juego interesante y que según nos comentan los autores ayuda a trabajar las inteligencias múltiples como puede leerse en el enlace de presentación del juego en este blog:






EL TRATAMIENTO LEGAL DE LAS ALTAS CAPACIDADES EN ESPAÑA. 1ª PARTE

A ARETÉ en muchas ocasiones nos llegan problemas de niños y niñas que no son atendidos en los centros educativos. Con esta entrada que ha sido confeccionada por Dª Belén Ros, abogada especializada en el tema de la defensa del alumnado de Altas Capacidades, queremos mostrar a todos nuestros lectores que los derechos de estos niños y niñas en cuanto a Educación están bien claros, y por supuesto quedan recogidos en la legislación española. Teniendo en cuenta lo anterior los padres y madres debieran tener claro que la falta de actuación por parte de los responsables de Educación debiera tener consecuencias, como lo sería si cualquiera incumple con la ley. Actualmente hay varios casos que se han llevado a tribunales, y el propio poder judicial está dictando cautelares para que se cumplan las leyes y normas con respecto a estos niños y niñas, con lo cual en esos casos concretos, estos alumnos y alumnas están por fin siendo atendidos. Animamos a los padres y madres a que defiendan los derechos de sus hijos e hijas, y recordarles que el hecho de no ser atendidos adecuadamente en los centros tiene sus consecuencias, todas negativas. No podemos mirar para otro lado, y por eso, en esta entrada que se dividirá en varias partes, podremos comprobar que nuestros hijos e hijas están perfectamente amparados por la ley. Si te robaran denunciarías, pero ¿harías lo mismo si le roban la educación a tus hijos? Piénsatelo. Lo primero es tratar de que se actúe hablando, pero si esto no funciona habrá que exigir los derechos llegando hasta donde haga falta, porque no es posible que ante las cifras de hasta un 50% de fracaso escolar en el alumnado de Altas Capacidades, pensemos que no es grave, porque sí lo es. Por último, antes de dar paso al interesantísimo artículo de Dª Belén Ros, una abogada de prestigio con más de 20 años de ejercicio profesional, simplemente recordar que una de las cosas que nos comentan cada vez que vamos a hablar con los responsables de la Administración es que no tienen constancia de que estos niños y niñas estén desatendidos porque no hay escritos ni reclamaciones que lo demuestren, y de esta forma continúan haciendo lo que les apetece.

Muchas gracias Belén.



Dª Belén Ros (Abogada Colegiada nº 3394 del ICAGr).


EL TRATAMIENTO LEGAL DEL NIÑO SUPERDOTADO EN ESPAÑA:

1. EL TRATAMIENTO CONSTITUCIONAL:

La Constitución Española recoge en su art. 27, un DERECHO FUNDAMENTAL: EL DERECHO DE LA EDUCACIÓN:

Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce el derecho a la libertad de enseñanza. 

La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos fundamentales.

Encomendando la CE en su art. 9.2 a los poderes públicos que promuevan las condiciones y remuevan los obstáculos para que este derecho sea disfrutado en condiciones de igualdad por todos los ciudadanos.

Hemos de recordar que los derechos fundamentales son los derechos humanos positivizados en un ordenamiento jurídico concreto. Son derechos propios de la condición humana y, por tanto, son universales, de la persona en cuanto tales, naturales, pre-estatales y superiores al poder político que debe respetarlos; por tanto, no son creados por el poder político, son derechos que se imponen al Estado y que se reconocen por la Constitución, que es la que los configura, haciéndolos vinculantes a todos los operadores jurídicos.

El Derecho a la Educación es uno de los derechos que constituyen el núcleo de la protección de la Constitución Española y se encuentra especialmente protegido por el Recurso de amparo constitucional. Es un derecho social en sentido estricto. Es un Derecho de los de “hacer”, “de prestar”. Sucede que el destinatario está obligado a actuar para que el derecho sea efectivo.

Para ello, la Constitución Española establece un sistema de garantías que asegure la efectividad de los valores y principios que la Constitución declara en el Título I, estableciendo un sistema sin fisuras, completo, riguroso y fuerte.

Los principales rasgos de este sistema de garantías son:

1) El sistema garantiza la vinculación de los derechos fundamentales frente a todos los poderes públicos y, en menor medida, en las relaciones entre los particulares, esto se concreta en la aplicación directa de la Constitución que debe ser interpretada desde la lógica “pro libertate”, a favor de la potenciación de la eficacia de los derechos fundamentales.

2) Un segundo rasgo es que es un sistema que no deja resquicios, no deja entrada a la impunidad del poder. Esto quiere decir que cabe reaccionar frente a cualquier hecho lesivo de los derechos fundamentales, cualquiera que sea el productor del mismo. No existen esferas de inmunidad.

3) Es un sistema que establece pluralidad de procedimientos y de órganos de garantía, sin olvidar que los cimientos del sistema están asentados en la tutela judicial efectiva y en los órganos jurisdiccionales. Esta es la garantía por excelencia.

4) El sistema establece la garantía relacionada con el desarrollo normativo de los derechos fundamentales:

Los derechos fundamentales tienen reserva de Ley en su desarrollo (art. 53.1 CE). Es más, el Derecho a la Educación es uno de los derechos fundamentales que tienen reserva del ley Orgánica y relacionado con esto, nos encontramos con prohibiciones que afectan al decreto ley y al decreto legislativo. Lo que afecta del artículo 15 al 29 de la Constitución no puede ser delegado.

En el caso de la Educación para los Niños con Necesidad Específica de Apoyo Educativo por Altas Capacidades Intelectuales, esta especial protección viene configurada tanto por las características intrínsecas de estos Niños como por la existencia de una Normativa Estatal en forma de Ley Orgánica, garante de la efectiva realidad de este Derecho para todos los españoles.

El Art. 10 de nuestra Constitución establece, asimismo, la aplicación de los Tratados Internacionales en España, así es directamente aplicable en España la Decisión 2008/431/CE, de 26 de mayo LCEur 2008/898, que autoriza a algunos Estados miembros a ratificar o adherirse, en interés de la Comunidad Europea, al Convenio de la Haya, de 19-10-1996 (LCEur 2003/413), relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y medidas de protección de los niños y autoriza a algunos Estados miembros a formular una declaración sobre la aplicación de normas internas correspondientes al Derecho comunitario.

Este Derecho se encuentra reconocido, asimismo en la Convención de 1989 de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, (ratificada por España en 1990) artículo 29.1.a: “La igualdad de oportunidades y los derechos del niño establecen que la educación del niño deberá estar encaminada a desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades.” Del mismo modo queda recogido en la Comunicación COM (2006) 367 de 7 de Julio de Estrategia de la Unión Europea sobre Derechos de la Infancia, en el Convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos, en la Ley del Menor y en toda la legislación educativa vigente tanto a nivel nacional como andaluza.

Así, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y el Real Decreto 943/2003 de 18 de julio, constituyen la legislación marco en que se han de desenvolver las demás disposiciones normativas, incluidas las autonómicas, en virtud del principio de jerarquía normativa y de la especial protección que al derecho fundamental a la educación otorga la Constitución Española.


Dª Belén Ros (Abogada Colegiada nº 3394 del ICAGr), con más de 20 años de ejercicio profesional.

miércoles, 20 de abril de 2011

CAMPUS TALENTIA 2011. FUNDACIÓN PROMETE

De nuestros amigos de la Fundación Promete.

Amigos y amigas de Fundación Promete, os presento nuestro Campus de Verano residencial...... ¡¡Campus Talentia!!
Os invito a conocer a fondo Campus Talentia en nuestra Web: www.promete.org, pinchando en el enlace que aparece arriba de la página de inicio.
A continuación os dejo una breve presentación de Campus Talentia 2011.
Campus Talentia 2011
Ven a vivir una experiencia única para desarrollar tu talento creativo y pasártelo en grande con compañeros de todos los rincones de España.
Cuándo: del 3 al 24 de Julio de 2011 en la Universidad Europea de Madrid.
Campus Talentia es un lugar de encuentro para el desarrollo del talento de jóvenes entre 10 y 18 años, en el que se desarrollarán proyectos personales y de equipo mediante el fomento de la creatividad y la exploración multidisciplinar en las distintas áreas del conocimiento: el lenguaje, la música, las artes, la ciencia y la tecnología.
Toda persona es capaz de desarrollar de forma significativa  su mejor Talento.

TALENTIA es un lugar diseñado para facilitar y promover el encuentro del individuo con su mejor talento y enseñarle a desarrollarlo individual y socialmente.

Entendemos que el desarrollo del talento requiere conexión social, por eso el Campus Talentia se configura como un espacio educativo innovador donde estimular, mediante el desarrollo de competencias comunicativas y digitales, el placer del aprendizaje, la curiosidad por el descubrimiento, la práctica del juego inteligente y el desarrollo de la identidad personal y social.
Nuestro marco de aprendizaje busca que cada alumno se centre en sus propias metas, se demuestre a si mismo que puede superar los obstáculos, valorando su propio progreso, ayudándole a reflexionar sobre su evolución y evitando etiquetar a los alumnos. En definitiva, procurando que cada uno de ellos sienta la posibilidad de crecer y desarrollarse en un nuevo escenario de creatividad y autoestima.
Un Campus en red. Gracias a GNOSS (www.gnoss.com), una revolucionaria red social semántica, dispondremos un espacio donde compartir la actividad durante el Campus. Los participantes crearán sus espacios personales y, poco a poco, su propia comunidad de aprendizaje con compañeros del Campus y de fuera, combinando así el espacio digital con el presencial.
¿Qué haremos? Talleres y Actividades

Talleres
Los TALLERES son espacios de recursos y conocimiento experto para la asistencia y desarrollo de un PROYECTO PERSONAL del alumno. Los recursos didácticos serán fundamentalmente digitales, y por ello prácticamente infinitos. Los profesores estarán formados en una metodología adaptativa a las necesidades de cada alumno y proyecto. 

Actividades
Son momentos para el juego inteligente o el encuentro multidisciplinar entre alumnos de distintos talleres en torno a una actividad o proyecto común, fundamentalmente tecnológica, productiva o de ensamblaje final de producciones.
En nuestra Web, podéis encontrar los talleres que se ofrecen y la descripción de todos ellos así como de las Actividades.
Os esperamos en Campus Talentia, para cualquier consulta os podéis poner en contacto con nosotros:
Coordinadora Fundación Promete Andalucía: fmerino@promete.org
Director Fundación Promete Andalucía: privero@promete.org
P.D. Os agradecemos la máxima difusión posible.

Un Saludo
__________________________________
Francisco Rivero
Director - Fundación Promete Andalucía